Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0439/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0439/2015-S1

    Fecha: 08-May-2015

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Fragmento 1
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • 5)
    • I.2.3. Intervención del tercero interesado
    • denegó
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • Fragmento 16
    • “la función jurídica se abrirá a los cambios, la vieja institucionalidad que muchas veces actuó bajo los mandatos de la impunidad será  transformada bajo los principios de pluralismo jurídico…dicho de otra forma, ‘descolonizar el derecho y nacionalizar la justicia’…
    • “Construir una sociedad justa y armoniosa, cimentada en la descolonización, sin discriminación ni explotación, con plena justicia social para consolidar las identidades plurinacionales”
    • asumir las cosmovisiones como gramática interpretativa
    • III.3.  Interpretación plural y multidimensional del problema
    • III.3.1. Identidad cultural de la comunidad de Iroco
    • III.3.2. Formas y procedimientos de organización de la comunidad de Iroco
    • III.3.3.
    • comunidades campesinas
    • Secretarios (as) Generales y otros (as)
    • III.3.4. Normas internas y externas de la comunidad de Iroco referidas al caso
    • sociedad justa y armoniosa
    • “equilibrio cósmico”
    • III.5. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.6. Sobre los actos consentidos y la acción de amparo    constitucional
    • III.7. La legitimación pasiva en acciones de amparo constitucional
    • “comunidad originaria”
    • “conflicto de identidad”
    • “nación pueblo indígena originario campesino (NPIOC)”
    • “Asamblea General
    • Contra actos consentidos libre y expresamente
    • CONFIRMAR
    • 2°

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca