SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0439/2015-S1
Fecha: 08-May-2015
Contra actos consentidos libre y expresamente
A partir de todo lo anterior se desprende que la Asamblea General es la máxima instancia de decisión en la estructura organizacional de la comunidad de Iroco, en el presente caso la ratificación del Directorio anterior, como la elección del nuevo, se ha desarrollado en una Asamblea General, con participación de los mismos ahora accionantes y la mayoría de los integrantes, conforme establece el Estatuto Orgánico y el Reglamento Interno, lo que demuestra que existió un acto consentido libre y expresamente para la elección de los nuevos representantes de la comunidad ya mencionada, haciendo que la presente acción se adecue a la improcedencia de la acción de amparo constitucional establecida en el art. 53.1 del CPCo que dispone: “Contra actos consentidos libre y expresamente, o cuando hayan cesado los efectos del acto reclamado” (las negrillas son añadidas) y según el Fundamento Jurídico III.6 de la presente Sentencia Constitucional.
Finalmente con relación a Alexander Choque Ortega, Secretario de Relaciones de la FSUTCO, al no haber sido demandado expresamente, no es posible ingresar a realizar el análisis de los hechos que se le atribuyen, por carecer en la presente acción de legitimación pasiva, conforme lo señalado en el Fundamento Jurídico III.7.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- 5)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- Fragmento 16
- “la función jurídica se abrirá a los cambios, la vieja institucionalidad que muchas veces actuó bajo los mandatos de la impunidad será transformada bajo los principios de pluralismo jurídico…dicho de otra forma, ‘descolonizar el derecho y nacionalizar la justicia’…
- “Construir una sociedad justa y armoniosa, cimentada en la descolonización, sin discriminación ni explotación, con plena justicia social para consolidar las identidades plurinacionales”
- asumir las cosmovisiones como gramática interpretativa
- III.3. Interpretación plural y multidimensional del problema
- III.3.1. Identidad cultural de la comunidad de Iroco
- III.3.2. Formas y procedimientos de organización de la comunidad de Iroco
- III.3.3.
- comunidades campesinas
- Secretarios (as) Generales y otros (as)
- III.3.4. Normas internas y externas de la comunidad de Iroco referidas al caso
- sociedad justa y armoniosa
- “equilibrio cósmico”
- III.5. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.6. Sobre los actos consentidos y la acción de amparo constitucional
- III.7. La legitimación pasiva en acciones de amparo constitucional
- “comunidad originaria”
- “conflicto de identidad”
- “nación pueblo indígena originario campesino (NPIOC)”
- “Asamblea General
- Contra actos consentidos libre y expresamente
- CONFIRMAR
- 2°