SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0439/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0439/2015-S1

Fecha: 08-May-2015

Secretarios (as) Generales y otros (as)

El parágrafo segundo del mismo artículo dispone que: “Se reconoce como representante de las Organizaciones Territoriales de Base a los hombres y mujeres, Capitanes, Jilacatas, Curacas, Mallcus, Secretarios (as) Generales y otros (as), designados (as) según sus usos, costumbres y disposiciones estatutarias” (las negrillas son nuestras).

Al respecto, el Informe Técnico 185/2015 de la Secretaría Técnica y Descolonización de este Tribunal concluye que: “Sin embargo la organización territorial de la comunidad de Iroco, en este último tiempo de alguna forma se ha ‘complejizado’ debido a que una parte del territorio de Iroco está dentro del municipio de Oruro y otra, dentro del municipio de Caracollo, lo que todavía hasta la fecha no ha sido solucionado al existir conflicto de límites y de intereses entre ambos municipios. Asimismo la presencia de la empresa minera Inti Raymi, de alguna forma ha agravado aún más la situación, debido a que por ejemplo, algunos vecinos de Iroco son trabajadores de dicha empresa y otros sólo se dedican a sus actividades agrícolas o pecuarias”