SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0439/2015-S1
Fecha: 08-May-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Refieren que, de acuerdo a su Estatuto y Reglamento conforme a la Ley de Participación Popular y arts. 270 y 271 de la Constitución Política del Estado (CPE), se ha constituido en una Organización Territorial de Base (OTB), denominada comunidad de Iroco, conformada por el sindicato agrario, junta vecinal, organización de agua, conjuntos folklóricos y autóctonos, teniendo como fin promover el desarrollo de la comunidad.
Indican que, en virtud al art. 22 de la CPE, que resguarda la dignidad y la libertad de toda persona, en cuanto al derecho al reconocimiento público, consistente en que los componentes deben ser reconocidos como tales mientras dure su período de elección y a la libertad de ejercicio de funciones para las que fueron elegidos.
Indican además que, sin respetar el debido proceso establecido en el Estatuto y Reglamento Interno y desconociendo que el Directorio de la Comunidad de Iroco, debía cumplir funciones durante las gestiones 2013 a 2015, un grupo de “personas ajenas” hicieron un cambio anticipado de Directorio y los removieron de sus funciones.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- 5)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- Fragmento 16
- “la función jurídica se abrirá a los cambios, la vieja institucionalidad que muchas veces actuó bajo los mandatos de la impunidad será transformada bajo los principios de pluralismo jurídico…dicho de otra forma, ‘descolonizar el derecho y nacionalizar la justicia’…
- “Construir una sociedad justa y armoniosa, cimentada en la descolonización, sin discriminación ni explotación, con plena justicia social para consolidar las identidades plurinacionales”
- asumir las cosmovisiones como gramática interpretativa
- III.3. Interpretación plural y multidimensional del problema
- III.3.1. Identidad cultural de la comunidad de Iroco
- III.3.2. Formas y procedimientos de organización de la comunidad de Iroco
- III.3.3.
- comunidades campesinas
- Secretarios (as) Generales y otros (as)
- III.3.4. Normas internas y externas de la comunidad de Iroco referidas al caso
- sociedad justa y armoniosa
- “equilibrio cósmico”
- III.5. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.6. Sobre los actos consentidos y la acción de amparo constitucional
- III.7. La legitimación pasiva en acciones de amparo constitucional
- “comunidad originaria”
- “conflicto de identidad”
- “nación pueblo indígena originario campesino (NPIOC)”
- “Asamblea General
- Contra actos consentidos libre y expresamente
- CONFIRMAR
- 2°