SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0439/2015-S1
Fecha: 08-May-2015
III.3.2. Formas y procedimientos de organización de la comunidad de Iroco
Con relación a las formas y procedimientos de organización el Informe Técnico 185/2015 de la Secretaría Técnica y Descolonización del Tribunal Constitucional Plurinacional señala que: “La comunidad de Iroco actualmente está constituida bajo la estructura del Sindicalismo por tanto, como Sindicato Agrario estructuralmente es parte de la Sub Central de Sillota Vito, Central de Trabajadores Campesinos de la Provincia Cercado que está afiliada a la Federación Sindical Única de Trabajadores Campesinos del Departamento de Oruro FSUTCO y a la Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia CSUTCB. De acuerdo a los Estatutos de la Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (CSUTCB) y la Federación Sindical Única de Trabajadores Campesinos del Departamento de Oruro, dentro sus principios están, el respeto a la estructura sindical de acuerdo a niveles jerárquicos. Sus formas e instancias de decisión son mediante reuniones, asambleas ordinarias, extraordinarias, congresos regionales, departamentales y nacionales. En éstas instancias administran justicia a sus miembros afiliados, asimismo, es evaluativa consultiva y toman decisiones ejecutivas”.
De lo expuesto, se concluye señalando que, las prácticas ancestrales de organización de la comunidad de Iroco (como fueran los cabildos, tantachawis, jach’a cabildos y jach’a tantachawis), han desaparecido bajo el influjo de la Colonia y la República, haciendo que las instancias para la designación de autoridades bajo los principios de rotación y servicio, asuman formas y procedimientos de organización basados en el sindicalismo y recientemente en la OTB y en el Estatuto y Reglamento Interno de la comunidad de Iroco.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- 5)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- Fragmento 16
- “la función jurídica se abrirá a los cambios, la vieja institucionalidad que muchas veces actuó bajo los mandatos de la impunidad será transformada bajo los principios de pluralismo jurídico…dicho de otra forma, ‘descolonizar el derecho y nacionalizar la justicia’…
- “Construir una sociedad justa y armoniosa, cimentada en la descolonización, sin discriminación ni explotación, con plena justicia social para consolidar las identidades plurinacionales”
- asumir las cosmovisiones como gramática interpretativa
- III.3. Interpretación plural y multidimensional del problema
- III.3.1. Identidad cultural de la comunidad de Iroco
- III.3.2. Formas y procedimientos de organización de la comunidad de Iroco
- III.3.3.
- comunidades campesinas
- Secretarios (as) Generales y otros (as)
- III.3.4. Normas internas y externas de la comunidad de Iroco referidas al caso
- sociedad justa y armoniosa
- “equilibrio cósmico”
- III.5. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.6. Sobre los actos consentidos y la acción de amparo constitucional
- III.7. La legitimación pasiva en acciones de amparo constitucional
- “comunidad originaria”
- “conflicto de identidad”
- “nación pueblo indígena originario campesino (NPIOC)”
- “Asamblea General
- Contra actos consentidos libre y expresamente
- CONFIRMAR
- 2°