Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0463/2015-S2
Fecha: 05-May-2015
I.2.2. Informe de la autoridad demandada
Alex Antezana Ayala, Juez Octavo de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, presentó informe escrito (fs. 43), en el que sostiene que cumplió con el señalamiento de audiencia en muchas oportunidades y éstas no han sido debidamente diligenciadas por la defensa del imputado a los sujetos procesales, en vista de ello se suspendieron todas las audiencias por falta de notificación, solicitado se declare la improcedencia de la acción interpuesta.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio de celeridad en la administración de justicia
- III.2. Principio de celeridad en la tramitación de solicitudes vinculadas con el derecho a la libertad
- III.3. Análisis del caso concreto