Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0463/2015-S2
Fecha: 05-May-2015
II.4.
II.4. Cursa acta de audiencia de la acción de libertad, en la que la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz -Tribunal de garantías- mediante Sentencia del 8 de agosto de 2014, resolvió declararla procedente, disponiendo la nulidad del Auto de Vista del 7 de julio y el Auto dictado por la Jueza Decimosegunda de Instrucción en lo Penal, debiendo la misma reinstalar nueva audiencia en el plazo de setenta y dos horas una vez asuma conocimiento oficial de la presente resolución (fs. 9 a 14 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio de celeridad en la administración de justicia
- III.2. Principio de celeridad en la tramitación de solicitudes vinculadas con el derecho a la libertad
- III.3. Análisis del caso concreto