Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0463/2015-S2
Fecha: 05-May-2015
II.9.
II.9. El accionante por memorial de 29 de septiembre de 2014, recordando que en reiteradas oportunidades se suspendieron las audiencias, nuevamente solicita audiencia; y en razón a ello, mediante decreto de ese mes y año, el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal, fija nueva audiencia para el 3 de octubre del citado año, a horas 08:30 (fs. 30 a 31).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio de celeridad en la administración de justicia
- III.2. Principio de celeridad en la tramitación de solicitudes vinculadas con el derecho a la libertad
- III.3. Análisis del caso concreto