SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0630/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0630/2015-S2

Fecha: 03-Jun-2015

III.3.  De las medidas precautorias en materia civil

           Tomando en cuenta que, el “demandante” dentro del proceso ordinario de nulidad que motivó la interposición de la presente acción de tutela, impetró la imposición de las medidas precautorias de anotación preventiva, intervención judicial y prohibición de innovar y contratar, citando al efecto, los arts. 156 incs. 1), 4) y 5), 157, 164 y 167 del CPC; corresponde referirse a las disposiciones legales referentes a las medidas precautorias aludidas, contenidas en el Capítulo IX del Título III del CPC.