SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0644/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0644/2015-S1

Fecha: 22-Jun-2015

sin que la Sociedad o el Estado puedan realizar intromisiones indebidas en dicha vida privada

Existe jurisprudencia reiterada, como la SCP 0198/2012 de 24 de mayo, por citar alguna, que señaló sobre el derecho al desarrollo libre de la personalidad, que: “… significa que toda persona puede hacer lo que desee en su vida y con su vida sin que la Sociedad o el Estado puedan realizar intromisiones indebidas en dicha vida privada; pues se entiende que toda persona tiene la absoluta libertad de ejercer sus derechos de la forma que más convenga a sus intereses, con la sola condición de no lesionar el interés colectivo o los derechos de las demás personas…” (las negrillas fueron añadidas).