SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0743/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0743/2015-S3

Fecha: 29-Jun-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 3 enero de 2015 a horas 18:45, se ejecutó el mandamiento de aprehensión en su contra, emitido por la Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz -ahora demandada-, por habérselo declarado rebelde dentro del proceso penal seguido por la presunta comisión de los delitos de estafa y estelionato; sin embargo, siendo sábado el día que se ejecutó su aprehensión, fue puesto a disposición del -hoy codemandado- Juez Octavo de la misma materia y departamento (mismo que se encontraba de turno), quien dispuso su depósito en celdas judiciales en la misma fecha a horas 22:30.

Asimismo, dicha autoridad judicial, mediante decreto de 4 de enero de 2015, indicó que quien debiera resolver su situación jurídica era su similar Segunda, señalando audiencia para el 5 de ese mes y año a horas 8:45 -a pesar de haber purgado rebeldía y haber solicitado se deje sin efecto el mandamiento de aprehensión-.

Posteriormente, habiéndose apersonado ante la Jueza demandada, se le comunicó que debido a la acusación formal, dicha autoridad señaló mediante proveído que el proceso habría sido sorteado al Tribunal Tercero de Sentencia Penal del departamento de La Paz, y no teniendo competencia se limitó a remitir el mismo -con detenido-, convalidando su privación de libertad, encontrándose ilegalmente en esa situación por más de treinta y ocho horas, sin que se resuelva su situación jurídica conforme dispone la norma.