DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0135/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0135/2015

Fecha: 08-Jul-2015

Artículo 69. Usucapión

I.    En todo proceso de usucapión, sobre bienes inmuebles susceptibles de aplicación de dicha figura, deberá citarse al Gobierno Autónomo Municipal de Monteagudo que en función de sus intereses, podrá constituirse en parte directamente interesada, sin perjuicio de la citación al demandado, bajo sanción de nulidad en el marco de la normativa vigente.