SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0734/2015-S2
Fecha: 03-Jul-2015
denegó
La Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 329/2014 de 30 de octubre, cursante de fs. 224 vta. a 526 vta., denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: 1) Se denuncia respecto a la citación con la demanda; sin embargo, la accionante, la contesta, por lo que hay convalidación de derechos; 2) Al haberse planteado directamente el recurso de casación sin antes haber agotado la reclamación sobre la no resolución de este punto, hace que el mismo esté convalidado, habiendo el Tribunal Supremo de Justicia, resuelto dentro de los límites establecidos por el Código de Procedimiento Civil; y, 3) correspondía al Juez ordinario, en el ámbito del principio dispositivo, determinar si hubo o no desistimiento sobre alguno de los puntos demandados.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- I.2.3. Intervención del Tercero Interesado
- denegó
- II.1
- II.2
- II.3.
- II.5.
- II.6
- II.7
- II.8
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. El principio de congruencia como componente sustancial del debido proceso
- III.3. Sobre la finalidad de la complementación y enmienda de las resoluciones judiciales
- II.4. Análisis del caso concreto