SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0734/2015-S2
Fecha: 03-Jul-2015
II.5.
II.5. A través de la Sentencia 42/2013, la Jueza Cuarta de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz, declaró probada la demanda, y en su mérito declaró que el trámite del proceso de usucapión seguido por Celia Ramos Canaza ante el Juzgado Décimo Segundo de Partido en lo Civil y Comercial del mismo departamento, fue producto de fraude procesal provocado por dicha demandada y la condenó al pago de daños y perjuicios, a establecerse en ejecución de sentencia. Contra dicha Sentencia, mediante escrito presentado el 14 de agosto de 2013, la accionante apeló, donde efectuó las siguientes denuncias: La violación del art. 90 del CPC, al no ponerse en conocimiento la demanda al propietario del inmueble objeto de la litis, Pastor Canaza Copo; la violación del art. 1286 del Código Civil (CC), al haberse incurrido en error de hecho y de derecho en la valoración de la prueba; no valoración de la prueba y denegación del acceso irrestricto al derecho a la defensa por negarse el incidente de nulidad que planteó por haber sido citada con la demanda en un domicilio donde no vivía, como lo demostró con la inspección, certificado domiciliario y facturas de luz y agua; demandó a su madre con el nombre de Bertha Canaza Gregorio, en razón a que con ese nombre se hallaba registrado en el catastro del Gobierno Municipal, y que existiendo una sentencia de usucapión ejecutoriada y registrada en Derechos Reales (DD.RR.), no se puede contravenir esa situación entre tanto no se la nulifique por la revisión extraordinaria de la sentencia; después del trámite legal, por Auto de 2 de septiembre de 2013, se concedió la apelación de la Sentencia 42/2013, en el efecto suspensivo y la apelación interpuesta contra el Auto de 4 de mayo de 2012, en el efecto diferido (fs. 398 a 401 vta, 404 a 409 vta. y 414).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- I.2.3. Intervención del Tercero Interesado
- denegó
- II.1
- II.2
- II.3.
- II.5.
- II.6
- II.7
- II.8
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. El principio de congruencia como componente sustancial del debido proceso
- III.3. Sobre la finalidad de la complementación y enmienda de las resoluciones judiciales
- II.4. Análisis del caso concreto