SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0734/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0734/2015-S2

Fecha: 03-Jul-2015

II.3.

 II.3. Contra la mencionada resolución, la accionante mediante escrito el 9 de julio de 2012, interpuso recurso de apelación contra el Auto Interlocutorio Definitivo 126/2012 de 4 de mayo, alegando que no puede haber caducidad para reclamar sobre la citación con la demanda efectuada en un domicilio que no es el real, habiendo pagado la rebeldía sólo para que posteriormente pueda probar su domicilio y que la inspección judicial demostró que el domicilio donde se le citó era falso (fs. 182 a 184 vta); no habiéndose valorado las pruebas que demuestran dónde es su domicilio; dicho recurso fue concedido en el efecto diferido, por Auto de 2 de septiembre de 2013 (fs. 414).