SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0847/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0847/2015-S2

Fecha: 25-Ago-2015

II.5.

II.5. Contra la citada providencia, mediante memorial de 5 de agosto de 2014, el representante del Banco Unión S.A., interpuso recurso de reposición bajo alternativa de apelación; alegando en lo fundamental la infracción del art. 151 del CPT y art. 126.IV de la LOJ, al haberse interpretado erróneamente la Circular 09/2014, ya que la misma estableció en forma inequívoca la suspensión de plazos procesales durante la vigencia de la vacación judicial colectiva, razón por la cual en esta no se le facultó ni autorizo al Juez Primero de Partido del Trabajo y Seguridad Social del departamento de Beni, a tramitar ninguna causa ingresada antes de la vacación judicial, por lo tanto solo podía admitir y tramitar causas nuevas presentadas durante la vacación colectiva ( fs. 20 a 21 vta.).