SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0083/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0083/2015

Fecha: 22-Sep-2015

I.2. Síntesis de la solicitud de parte

El 14 de mayo de 2004, Trans American Airlines S.A. “TACA-PERÚ”, formuló acción de repetición por los pagos realizados en las gestiones 2000 a 2003, ante el Director Ejecutivo de la AGIT general, el Gerente GRACO La Paz del SIN, recurso que una vez agotado en sus instancias administrativas intraprocesales, dio lugar a la activación de demanda contencioso-administrativa contra la Resolución de Recurso Jerárquico STG-RJ/0009/2007 de 5 de enero, resuelta por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Sentencia 619/2013 de 19 de diciembre, que declaró nula la Resolución impugnada.

En  ese  contexto,  debe  considerarse  que el  7  de  julio de 1972, se emitió el DS 10343, cuyo texto en el art. 1 dispone: “Ratificar la Decisión 40, expedida por la Comisión del Acuerdo Cartagena en 18 de noviembre de 1971, por el que se aprueba el Convenio para evitar la Doble Tributación Internacional entre países integrantes de la Subregión Andina…” (sic); empero, no consideró de acuerdo a qué  artículos de la Constitución Política del Estado se aprobó, por otra parte el art. 59.12 de la CPE, vigente en ese momento, establecía las atribuciones del Poder Legislativo en lo relativo a la anuencia de tratados, concordatos y convenios internacionales, por lo que el convenio no se aprobó mediante el procedimiento constitucional establecido al efecto.