SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0083/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0083/2015

Fecha: 22-Sep-2015

III.5.  La facultad legislativa de la Comunidad Andina. Las Decisiones 40 y 578 y su carácter supranacional

La facultad legislativa de la Comunidad Andina le fue atribuida a la Comisión, reconociendo que como máximo órgano del Acuerdo, tiene capacidad de legislación exclusiva sobre las materias de su competencia, ya que los países miembros en uso de sus derechos soberanos mediante la suscripción, aprobación y ratificación del Acuerdo de Cartagena, resolvieron transferir la facultad legislativa sobre determinadas materias al nuevo órgano del proceso de integración, limitándola naturalmente a los objetivos del citado Acuerdo, y a la finalidad de la integración subregional.