SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0841/2015-S3
Fecha: 02-Sep-2015
II.3
II.3. Contra la Resolución que dispuso la baja del hoy accionante, el mismo interpuso el recurso de revocatoria, dando lugar a que por RA 073/2013 de 9 de abril, el Consejo Académico de la ANAPOL decidiera confirmar en todas sus partes la Resolución impugnada (fs. 263 a 265), lo que generó que se presentara recurso jerárquico, señalando los siguientes fundamentos: a) El recurso de revocatoria interpuesto contra la RA 247/12, fue resuelto luego de haber transcurrido demasiado tiempo, vulnerándose el derecho a recibir respuesta formal y pronta; b) Cuando solicitó la revisión de los exámenes finales de las materias de Doctrina Policial y Estadística I los docentes de ambas materias solo se limitaron a ratificar sus notas sin mayor argumento que el conteo de preguntas y la sumatoria de su valor sin entrar al fondo de cada pregunta; c) De haber realizado una verdadera revisión, se habría concluido que la respuesta “ocho” del examen del tercer parcial del segundo semestre de la materia Doctrina Policial, fue respondida correctamente, por lo que no debió asignarse media puntuación sino ponderarse como respuesta correcta en su integridad; d) En el examen del tercer parcial del segundo semestre de la misma materia, la pregunta dos es capciosa y ambigua, contraviniendo lo previsto por el art. 12 inc. m) del Reglamento Estudiantil de la UNIPOL; e) En el examen final de Estadística Descriptiva del segundo semestre de la gestión 2012, la respuesta a la pregunta número “cinco” no mereció ninguna calificación, hecho que hizo que sus calificaciones bajaran rotundamente, ignorándose totalmente la calificación a dicha respuesta; y, f) En el examen final de Estadística Descriptiva del segundo semestre de la misma gestión, la respuesta que se brindó a la pregunta seis tampoco fue valorada correctamente, generando una baja en su puntuación (fs. 592 a 598).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- se pone de manifiesto que el Consejo Académico, es libre de asignarle el valor a los elementos de prueba
- NO A LUGAR LA ENMIENDA procediendo solamente la complementación en parte
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- Fragmento 7
- concedió
- II.1.
- II.3
- II.4.
- II.5.
- III.
- el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar
- imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustenta la parte dispositiva de la misma
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR