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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0913/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0913/2015-S2

    Fecha: 22-Sep-2015

    acción de amparo constitucional

    En revisión la Resolución de 10 de marzo de 2015, cursante de fs. 57 a 59, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Boris Armando Challapa Quechover contra Janeth Rivas Solis, Jueza Décima de Partido; y, María Zulma Montaño Montaño, Jueza Sexta de Instrucción  ambas Civil y Comercial, del departamento de Cochabamba.

    • acción de amparo constitucional
    • I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • Fragmento 10
    • Fragmento 11
    • Fragmento 12
    • III.1.  De la fundamentación de las decisiones, como elemento esencial del debido proceso
    • Fragmento 14
    • La motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo. En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas
    • Fragmento 16
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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