SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0913/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0913/2015-S2

Fecha: 22-Sep-2015

III.1.  De la fundamentación de las decisiones, como elemento esencial del debido proceso

           Ahora bien, uno de los elementos del debido proceso es la obligación de fundamentación y motivación de los fallos dictados por las autoridades sean éstas judiciales o administrativas; estando los jueces y tribunales constreñidos al cumplimiento de dicha exigencia, no siendo viable omitir un elemento de transcendental importancia al constituir la fundamentación el conjunto de razonamientos de hecho y de derecho sobre los cuales se cimenta la determinación asumida que permite comprender en consecuencia, la parte dispositiva del fallo en relación a la parte considerativa o expositiva. Por ende, debe entenderse que, argumentadas las razones fácticas y jurídicas que justifican el fallo, se otorga al justiciable la posibilidad de conocer los motivos por los que se arribó a la decisión, a fin de no dejarlo en incertidumbre ante el desconocimiento de los mismos.