SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0917/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0917/2015-S2

Fecha: 22-Sep-2015

II.2.

II.2. Por informe sindical del Secretario General de maestros de la Dirección de Núcleo “Pedernal” dirigido al Ejecutivo de maestros rurales del Chaco chuquisaqueño, hace referencia a algunas actitudes negativas en el accionar de Zarita Barja Cáceres, indicando que ella a través de nota de 10 de junio de 2013, manifestó que no participará de las reuniones sindicales por cuanto existe contra ella insultos, malos tratos e incluso amenazas de muerte por medio de cartas, mensajes y llamadas telefónicas de algunas personas de la comunidad de “Achiral” y de Pedro Ortiz (padre de su hija), por lo que sugirió que se la reubique en otro Núcleo donde pueda estar alejada de su ex pareja hasta que mejore su estado emocional (fs. 7).