SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0924/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0924/2015-S3

Fecha: 29-Sep-2015

I.2.1. Ratificación de la acción

La parte accionante en audiencia, ratificó los términos de la demanda y reiteró que el art. 360 del CPC, establece las formas en las que se debe resolver la tercería y ésta puede ser probada o improbada, pero en este caso, como no se ingresó al fondo por haber sido rechazado, no corresponde al Tribunal de alzada indicar lo contrario, debido a que estaría modificando la cosa juzgada dictada por los mismos demandados.