SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0949/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0949/2015-S2

Fecha: 29-Sep-2015

III.1.

           Conforme a lo anotado, los jueces y tribunales ordinarios o administrativos, se hallan constreñidos al cumplimiento de una debida fundamentación y motivación en la emisión de sus decisiones, no siendo viable omitir un elemento de transcendental importancia al constituir la fundamentación el conjunto de razonamientos de hecho y de derecho sobre los cuales se cimienta la determinación asumida, que permite comprender en consecuencia, la parte dispositiva del fallo en relación a la parte considerativa o expositiva. Debe entenderse entonces que, argumentadas las razones fácticas y jurídicas que justifican el fallo, se otorga al justiciable la posibilidad de conocer los motivos por los que se arribó a la decisión, a fin de no dejarlo en incertidumbre ante el desconocimiento de los mismos.