SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2016-S2

Fecha: 18-Ene-2016

Fragmento 42

Empero, de la revisión del acta de consentimiento voluntario para el ingreso, registro y requisa de inmueble de 23 de junio de 2015, que cursa a fs. 307 y vta., se evidencia que la aquiescencia para el ingreso al Condominio Galicia, casa 76, fue otorgado por Silvana Asbun Mascaya, empleada de la familia y no así por la accionante que es la propietaria o habitante que ocupa esa residencia; vale decir, la titular del lugar o el espacio donde desarrolla su vida íntima y privada, conforme se desarrolló en el Fundamento Jurídico III.1 del presente fallo, quien pese a encontrarse presente en ese momento, no autorizó como propietaria u ocupante del domicilio el ingreso a su residencia, habiendo procedido el Fiscal demandado hacerle firmar en la calidad de testigo con el objeto de convalidar el allanamiento efectuado, toda vez que no contaba con el mandamiento de allanamiento para el inmueble del Condominio Galicia casa 76; extremos que establecen que el allanamiento realizado por Roberto Ruíz Pizarro, Fiscal de Materia demandado, fue ilegal.