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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0873/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0873/2016-S1

    Fecha: 04-Oct-2016

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III.1.  Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
    • que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos
    • control de los derechos y garantías
    • todos los derechos fundamentales y garantías previstas en la Ley Fundamental y en los Pactos y Tratados sobre derechos humanos ratificados por nuestro Estado Plurinacional
    • no se constituyen en mecanismos o instancias de revisión casacional de la labor de los otros tribunales
    • sino cuando se compruebe que esa labor interpretativa resultare insuficientemente motivada, arbitraria, incongruente, absurda e ilógica o con error manifiesto, identificando, en su caso, las reglas de interpretación que fueron omitidas
    • es necesaria la existencia de una carga argumentativa por parte del accionante
    • precisa presentación por parte del accionante, que muestren a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías
    • excepcional
    • de forma paralela
    • no es el medio adecuado para revisar todo un proceso judicial o administrativo
    • es imprescindible
    • no es una vía destinada a suplir la actividad de los órganos de la jurisdicción y administración ordinaria
    • no se vulneran
    • CONFIRMAR

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