SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1039/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1039/2016-S2

Fecha: 24-Oct-2016

2.

2. El derecho de recurrir «…busca proteger el derecho de defensa otorgando durante el proceso la posibilidad de interponer un recurso para evitar que quede firme una decisión que fue adoptada con vicios y que contiene errores que ocasionarán un perjuicio indebido a los intereses de una persona. (párrafo 158).

2) El segundo título que se encuentra rotulado como “4.2”, se encuentra que la motivación del Fiscal General del Estado en relación a la concurrencia de las faltas contenidas en los arts. 121.1) y 120.8) de la LOMP que dieron origen al proceso disciplinario y su consecuente sanción viene a ser lo suficientemente clara, habiendo utilizado la autoridad demandada no solo los antecedentes sino también los diferentes elementos de prueba y confrontando cada uno de ellos, llegó a explicar de manera específica los motivos por los que se considera que concurren dichas faltas, por ende se encuentra debidamente fundamentada la imposición de la sanción dispuesta como bien lo señalan los Fundamentos Jurídicos III.1 del presente Fallo, la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales, sino que exige una estructura de forma y de fondo. En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso, las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas.