SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1039/2016-S2
Fecha: 24-Oct-2016
II.3.
II.3. Mediante memorial de 21 de diciembre de 2015, dirigido a la Jueza Sumariante del Régimen Disciplinario de la Fiscalía General del Estado, Victoria Fuertes Flores, Fiscal de Materia formuló recurso jerárquico contra la Resolución 18/2015 de 9 de diciembre; por lo siguiente: primer agravio ausencia de correcta valoración de la prueba arts. 120.8), 121.4) art. de la LOMP; segundo agravio, falta de motivación en la Resolución 018/2015; tercer agravio, errónea aplicación del art. 64 del Reglamento de Régimen Disciplinario (RRD); cuarto agravio, violación al principio de verdad material; quinto agravio, aplicación errónea del art. 61 de RRD; sexto agravio, acuso principio de tipicidad en la falta inserta en el art. 121.4) de la LOMP; séptimo agravio, contradicción en la Resolución 18/2015 fundamentación de la falta inserta en el art. 120.8); octavo agravio, valoración de la prueba de reciente obtención por la autoridad jerárquica en cumplimiento del art. 68.2 del RRD (fs. 359 a 411 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.1.2. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones como componentes esenciales del debido proceso
- III.2. El derecho a la defensa y la doble instancia como elementos del debido proceso, y su vinculación con los medios de impugnación
- La primera es el derecho que tienen las personas, cuando se encuentran sometidas a un proceso con formalidades específicas, a tener una persona idónea que pueda patrocinarle y defenderle oportunamente, mientras que la segunda es el derecho que precautela a las personas para que en los procesos que se les inicia, tengan conocimiento y acceso de los actuados e impugnen los mismos con igualdad de condiciones
- 2.
- 3.
- Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones
- Sobre la falta de congruencia como elemento del debido proceso
- En cuanto a la revalorización de la prueba
- CONFIRMAR en todo