SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1039/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1039/2016-S2

Fecha: 24-Oct-2016

I.1.2. Intervención de los terceros interesados

Lizzette Tereza Castro Cuevas, Fiscal Investigadora del Régimen Disciplinario de la Fiscalía General del Estado, en calidad de tercera interesada mediante informe escrito 19 de julio de 2016, cursante de fs. 764 a 766, informó que su representación solicitó que se determine la responsabilidad de la Fiscal de Materia por tres faltas disciplinarias denunciadas, las cuales se encuentran previstas en el art. 120.8) y 121.1) y 4) de la LOMP, que luego de la investigación realizada se encontró que el accionar de la servidora pública se subsumía a los elementos constitutivos de las faltas enunciadas previamente, que a la letra respectivamente establecen: ”Difundir por cualquier medio, información que lesione derechos reconocidos constitucionalmente a favor de los sujetos procesales o de las víctimas”. “El incumplimiento doloso de las instrucciones o circulares recibidas que ocasionen daño al proceso penal o a la institución, siempre que las mismas hubieran sido impartidas en la forma prevista en esta ley”. “Destruir, modificar, ocultar, suprimir, falsificar, y/o insertar o hacer insertar declaraciones falsas en resoluciones, documentos, indicios o elementos de prueba de los procesos penales o disciplinarios por si o a través de otro, sin perjuicio del proceso penal que corresponda” (sic).