SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1039/2016-S2
Fecha: 24-Oct-2016
III.2. El derecho a la defensa y la doble instancia como elementos del debido proceso, y su vinculación con los medios de impugnación
Con relación al derecho al debido proceso en su dimensión de la doble instancia, consideramos el criterio desarrollado en la SCP 0067/2016 de 12 de febrero, que señala: “Respecto al derecho a la defensa, señala lo siguiente: 'En el orden constitucional, no obstante que el derecho a la defensa es un instituto integrante de las garantías del debido proceso, ha sido consagrado en forma autónoma, precisando de manera expresa en el art. 16.II de la CPEabrg que «El derecho a la defensa en juicio es inviolable» y en el art. 115.II de la CPE, que: «El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones». Preceptos que resaltan esta garantía fundamental, que debe ser interpretada siempre conforme al principio de la favorabilidad, antes que restrictivamente'.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.1.2. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones como componentes esenciales del debido proceso
- III.2. El derecho a la defensa y la doble instancia como elementos del debido proceso, y su vinculación con los medios de impugnación
- La primera es el derecho que tienen las personas, cuando se encuentran sometidas a un proceso con formalidades específicas, a tener una persona idónea que pueda patrocinarle y defenderle oportunamente, mientras que la segunda es el derecho que precautela a las personas para que en los procesos que se les inicia, tengan conocimiento y acceso de los actuados e impugnen los mismos con igualdad de condiciones
- 2.
- 3.
- Sobre la fundamentación y motivación de las resoluciones
- Sobre la falta de congruencia como elemento del debido proceso
- En cuanto a la revalorización de la prueba
- CONFIRMAR en todo