Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1053/2016-S3
Fecha: 03-Oct-2016
II.1.
II.1. Cursa Resolución 325/2010 de 13 de agosto, pronunciada por el Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de La Paz, dentro del proceso coactivo civil seguido por el Banco de Crédito de Bolivia S.A. contra Ricardo Mario Rossi Coccioli -hoy tercero interesado- sobre cobro de dólares estadounidenses, que dispuso el rechazo de los incidentes interpuestos por Rosa Lourdez Chuquimia Aruquipa en representación legal del entonces demandado (fs. 18 a 21 vta.).
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.1. Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- i)
- I.3.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- sólo resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución, a saber en tres dimensiones distintas:
- III.2. Análisis en el caso concreto
- no es un recurso casacional que forme parte de las vías legales ordinarias,
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR