SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1167/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1167/2016-S3

Fecha: 26-Oct-2016

i)

La parte accionante ratificó el tenor íntegro de su memorial de acción de amparo constitucional, y ampliándolo, manifestó que: i) La conminatoria se dictó el 1 de julio de 2012, el mandamiento de desapoderamiento fue librado el 5 de agosto de 2015 y ejecutado el 19 de mayo de 2016; sin embargo, al momento de la presentación del incidente de oposición al desapoderamiento se presentó la prueba preconstituida en la cual la Jueza de la causa tuvo conocimiento y la admitió; asimismo, no fue resuelto “hasta el día de hoy” con una resolución motivada; ii) El referido incidente fue interpuesto en un nuevo proceso de concurso, por ende, debió ser resuelto por el Juez ahora demandado; empero, de forma arbitraria ordenó se proceda con el mandamiento de desapoderamiento; y, iii) Se exime del principio de subsidiariedad cuando el daño es inminente, como en el caso en cuestión, que se ordenó que desocupen totalmente el inmueble, pudiendo a través de esta acción tutelar restituir sus derechos.