SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1078/2016-S1
Fecha: 07-Nov-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la lesión de sus derechos al debido proceso, a la defensa, a la igualdad procesal y al acceso a la justicia, así como a los principios de transparencia, celeridad, inmediatez, probidad, honestidad, legalidad, eficacia y eficiencia, porque considera que las autoridades demandadas al emitir el Auto de 3 de diciembre de 2015 y el Auto de Vista SCCFII 25/2016 de 26 de enero, imposibilitaron que pueda ingresar en posesión del bien inmueble que se adjudicó como efecto del proceso ejecutivo seguido contra Benigno Zárate Flores y Juana Zárate Díaz, fallos a través de los cuales se negó la emisión de mandamiento de desapoderamiento y se dispuso realizar la división y partición en la vía judicial más no en la voluntaria, ordenando que acuda a la vía procesal ordinaria; solicitando a través de este mecanismo de defensa, que dichas resoluciones sean dejadas sin efecto.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- Fragmento 18
- el derecho que tienen las personas, cuando se encuentran sometidas a un proceso con formalidades
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR