Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1138/2016-S1
Fecha: 16-Nov-2016
II.5.
II.5. El 30 de septiembre de 2015, Verónica Hesse de los Ríos, Jueza Agroambiental de Entre Ríos del departamento de Tarija, en suplencia legal de su similar Yacuiba de igual departamento, pronunció el Auto definitivo por el cual, resolvió apartarse del conocimiento de la causa, por ser el INRA, la autoridad competente para determinar el derecho propietario y las actividades de función económica social del predio en cuestión (fs. 656 a 657 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- concedió
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Derecho a la congruencia entre acusación y condena, de donde se desprende el derecho a una debida fundamentación y motivación de los fallos judiciales
- concordancia entre el petitum de las partes y la decisión asumida por el juez o tribunal
- por otra, respecto a la estructura de la Resolución, a fin de que absuelva todos los puntos a consideración del juzgador.’
- III.2.2 Acerca de la adecuada fundamentación y motivación de las resoluciones
- la debida fundamentación que consiste en la sustentación de la resolución en una disposición soberana emanada de la voluntad general
- la fundamentación consiste en la justificación normativa de la decisión judicial, y la motivación es la manifestación de los razonamientos que llevaron a la autoridad a la conclusión
- III.3. Análisis del caso concreto
- se efectúa a partir de la última resolución
- 1)
- Fragmento 21
- concedido