SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1201/2016-S3
Fecha: 03-Nov-2016
III.3. Análisis del caso concreto
En ese sentido, la accionante denuncia que la Resolución 05/2015 se pronunció de manera incongruente sobre el principio de irretroactividad, por lo que carece de congruencia, motivación y fundamentación; omitiendo también valorar correctamente la prueba en inobservancia a lo señalado en el art. 123 de la CPE, apartándose de los marcos de razonabilidad y equidad previsibles para decidir, puesto que se alegó que su persona conocía que no cumplía con los requisitos establecidos en la Matriz de Cumplimiento de Perfil Profesional, Experiencia General y Específica, y Manual de Puestos del Consejo de la Magistratura, cuando en los hechos el Acta de verificación y cumplimiento de perfil versaba sobre un cargo diferente al que desempeñaba.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III.
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Una resolución incongruente es arbitraria, por tanto su impugnación hace viable su revocación; mejor dicho, impone al tribunal o juez de alzada el deber de su rectificación, asegurándose la estricta correspondencia entre la acusación y el fallo, garantizando de esta manera la sustanciación de un proceso justo
- Fragmento 20
- III.3. Análisis del caso concreto
- en base a los antecedentes descritos en el presente fallo, toda vez que la Unidad de Recursos Humanos del Consejo de la Magistratura incumplió con lo ordenado por el Pleno del Consejo de la Magistratura de cesar en forma inmediata a aquellos funcionarios que no cumplan con el nuevo
- REVOCAR en parte