SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1262/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1262/2016-S2

Fecha: 05-Dic-2016

de manera congruente con lo requerido

Ahora bien, dentro del contexto de la problemática planteada, de los  antecedentes se estableció que las solicitudes efectuadas, indudablemente tuvieron una respuesta, ya sea negativa o positiva a los intereses del       ahora accionante; sin embargo, no es permisible si esta no resuelve el fondo de la petición de forma clara, precisa y de manera congruente con lo requerido, en tal sentido conforme lo señalado en el Fundamento Jurídico III.3., de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se tendrá por vulnerado el derecho a la petición del demandante de tutela, máxime si consideramos que el mismo, se encuentra satisfecho no únicamente por una respuesta emitida por la autoridad, sino una vez que dicha autoridad haya resuelto o proporcionado una solución material y sustantiva al problema planteado en la petición, sin que se limite a una consecuencia meramente formal y procedimental.