SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1285/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1285/2016-S1

Fecha: 02-Dic-2016

II.2.

II.2.  El 27 de junio de 2016, por Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 072/2016, se resolvió el recurso jerárquico interpuesto por la Empresa accionante; y, se confirmó la Resolución de recurso de alzada citada en la conclusión precedente, que en su parte sobresaliente: Punto IV.4.2 “De la Prueba y el Hecho Generador”, acápites i, ii, iii y iv expone los agravios que denunció la Empresa respecto a la valoración de la prueba (similares a los expresados en la acción de amparo constitucional); y, en los puntos v al xix, efectúa un análisis de los argumentos y prueba del accionante, dedicando específicamente los acápites x al xvi, al examen pormenorizado del detalle con datos de consumo emitido por la Oficina del Consumidor, Multicentro Ayacucho de la Empresa ENTEL S.A., de 16 de abril de 2015; por su parte, el acápite xiii, refiere que “…el Sujeto Pasivo presentó con juramento de reciente obtención la Certificación emitida por la Empresa ENTEL SA, que detalla (….); sin embargo tal Certificación no consigna más datos respecto a los hechos acontecidos (…) corroboraría tan sólo el dato de la dirección (..) a partir de dicha Certificación no puede tenerse certeza, de que dichas líneas telefónicas aún se encontrarían en esa dirección en oportunidad de la intervención” (sic), concluyéndose que la prueba presentada, por las causas que ampliamente describió el contenido de los indicados acápites, no resultaba suficiente para desvirtuar la contravención; por lo que se confirmó la sanción (fs. 58 a 75).