Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1404/2016-S3
Fecha: 05-Dic-2016
II.1.
II.1. Cursa documento de transferencia de fundo rústico y préstamo de dinero en moneda extranjera y constitución de garantía de 28 de mayo de 2010, suscrito entre la empresa ADM SAO S.A., Valmor Albino Schaffer en calidad de vendedor -hoy accionante-; y la Sociedad Agropecuaria JASA S.R.L. en condición de comprador -ahora terceros interesados-, mediante el cual se transfirió el inmueble fundo rústico denominado “La Floresta” ubicado en el cantón el cerro de Concepción, provincia Chiquitos del departamento de Santa Cruz inscrita en DD.RR. bajo la matrícula 7051020001748 con asiento A-2, de propiedad del vendedor (fs. 12 a 15 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La motivación y fundamentación de las resoluciones como obligación del juzgador
- En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2)
- REVOCAR