Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1404/2016-S3
Fecha: 05-Dic-2016
II.4.
II.4. Por Sentencia 58 de 22 de mayo de 2013, emitida por el Juez de Partido Civil y Comercial Decimosegundo de la Capital del departamento de Santa Cruz, declaró probada la demanda ejecutiva, condenando a la empresa ejecutada al pago de $us180 000.- (ciento ochenta mil 00/100 dólares estadounidenses) más intereses corrientes y costas procesales (fs. 114 y vta.). Por memorial de 25 de septiembre de igual año, Valmor Albino Schaffer solicitó hipoteca judicial; que fue atendida por providencia de 26 del mismo mes y año (fs. 139 a 140)
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La motivación y fundamentación de las resoluciones como obligación del juzgador
- En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2)
- REVOCAR