SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1404/2016-S3
Fecha: 05-Dic-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega que fueron lesionados sus derechos de acceso a la justicia o tutela judicial efectiva, al debido proceso en sus componentes a la motivación y fundamentación, a la propiedad privada; principios de “seguridad jurídica”, legalidad y verdad material, manifestando que dentro del proceso ejecutivo iniciado por su persona contra la Sociedad Agropecuaria JASA S.R.L. emergente del incumplimiento del contrato de compra venta de fundo rústico “La Floresta” de su propiedad; los Vocales de la Sala Civil Tercera -hoy demandadas- en etapa de apelación mediante Auto de Vista de 17 de febrero de 2016, deliberando sobre el fondo ordenaron el desembargo de -un- único bien inmueble de propiedad de la ejecutada hasta tanto no sea rematado el inmueble “La Floresta” que fue otorgado en garantía hipotecaria; empero, no tomaron en cuenta que la parte deudora actuando de mala fe, cedió el inmueble a una tercera persona -ajena al proceso- quien obtuvo la titulación del fundo mediante proceso de saneamiento; razón por la cual, al no estar registrado el bien objeto de la lite a nombre de ninguna de las partes, se hace inviable la ejecución de la sentencia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La motivación y fundamentación de las resoluciones como obligación del juzgador
- En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2)
- REVOCAR