Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1477/2016-S3
Fecha: 12-Dic-2016
II.2.
II.2. Cursa Formulario 578 de 3 de mayo de 2016, Magali Pacheco, por el cual Magali Pacheco, Directora de Evaluación de Proyectos de Impacto Ambiental y David Carrasco, Jefe de Departamento de Evaluación de Impacto Ambiental del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra sancionaron con la primera multa de Bs5 000.- (cinco mil bolivianos) a la actividad “Lavandería Pana’s” representando por el ahora accionante por infringir la Ley de Medio Ambiente -Ley 1333 de 27 de abril de 1992- y el Código de Urbanismo y Obras (fs. 58).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Demostrando ante esta justicia constitucional que se abre su competencia en miras a revisar un actuado jurisdiccional
- en tres dimensiones distintas
- comprensivos de formulación de alegato que no altere de manera relevante los hechos expuestos en la demanda y que sirvieron de fundamento fáctico del recurso
- la facultad de ampliación, debe ser interpretada en sentido tal que no admita una reformulación del contenido de fondo de la acción (hechos, derecho, su nexo de causalidad y el petitorio)
- III.3.1. Consideraciones previas
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.3.2. Resolución del caso concreto
- Fragmento 22
- CONFIRMAR