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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1477/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1477/2016-S3

    Fecha: 12-Dic-2016

    II.4.

    II.4.  Por RA D.E.P.I.A. R.R. 002/2016 de 20 de junio, Magali Pacheco, Directora de Evaluación de Proyecto de Impacto Ambiental y David Carrasco, Jefe de Departamento de Evaluación de Impacto Ambiental del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra resolvieron, entre otros confirmar la RA DEPIA 015/2016 (fs. 35 a 43).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
    • a)
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Demostrando ante esta justicia constitucional que se abre su competencia en miras a revisar un actuado jurisdiccional
    • en tres dimensiones distintas
    • comprensivos de formulación de alegato que no altere de manera relevante los hechos expuestos en la demanda y que sirvieron de fundamento fáctico del recurso
    • la facultad de ampliación, debe ser interpretada en sentido tal que no admita una reformulación del contenido de fondo de la acción (hechos, derecho, su nexo de causalidad y el petitorio)
    • III.3.1. Consideraciones previas
    • Fragmento 19
    • Fragmento 20
    • III.3.2. Resolución del caso concreto
    • Fragmento 22
    • CONFIRMAR

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