DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2016

Fecha: 11-Feb-2016

“Artículo  24.- Requisitos para ser electo

El art. 24.I inc. c) fue  declarado incompatible por la DCP 0132/2015; sin embargo, el estatuyente optó por eliminarlo y en atención al art. 116 del CPCo, que establece el objeto del control de constitucionalidad de los proyectos de estatutos autonómicos y cartas orgánicas, es confrontar el contenido de dichos instrumentos normativos con la Constitución Política del Estado y garantizar la supremacía constitucional y al haberse eliminado dicho inciso, no existe contenido normativo que confrontar; por lo que, no se realiza el control previo de constitucionalidad.