SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0119/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0119/2016-S2

Fecha: 22-Feb-2016

II.7.

II.7.  Mediante memorial de 28 de agosto de 2014, Jorge Loza Mamani anunció recurso de compulsa contra el Auto Interlocutorio de 27 de igual mes y año; ante el cual se emitió el Auto de 2 de septiembre del mismo año, por el cual se dio por anunciada la compulsa y se dispuso que en cumplimiento del art. 288 del CPC, se proceda a la emisión del Testimonio del recurso de casación del recurrente, la respuesta a la misma y el Auto de negativa, debiendo insertarse las diligencias de notificación pertinentes que existieren, en el plazo prudencial de tres días, conforme lo dispuesto por el art. 90 del CPC (fs. 183 y vta.); dicho testimonio fue entregado al recurrente el 9 del mes y año referido anteriormente de forma personal mediante acta de entrega realizada por el Secretario Abogado del Juzgado Agroambiental de El Alto (fs. 185).