Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0119/2016-S2
Fecha: 22-Feb-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos a impugnar, al debido proceso, a la “seguridad jurídica”, a la propiedad, a la vivienda, a los servicios básicos y los principios del suma qamaña (vivir bien) y ñandereko “(Camino Recto)”, debido a que dentro del proceso de interdicto de recobrar la posesión que fuera interpuesta en su contra, el Juez Agroambiental de El Alto ahora demandado, no permite que pueda presentar un recurso de casación contra la Sentencia 01/2013, a pesar de que existe un recurso de compulsa que fue concedido en su favor.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.13
- II.14
- II.15.
- II.16.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio de inmediatez en la acción de amparo constitucional y el inicio del cómputo de plazo cuando se impugnan resoluciones judiciales o administrativas
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 21
- CONFIRMAR