SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0145/2016-S1
Fecha: 01-Feb-2016
I.2.3. Intervención del tercero interesado
Freddy Antonio Guachalla, a abría de su abogado indicó que: habiendo observado algunas irregularidades de orden formal; respecto a la determinación de los porcentajes de acciones y derecho, se ha presentado demanda reconvencional desvirtuando completamente la demanda principal, en consecuencia la administración de justicia fallo con una correcta sentencia, señalando acciones y derechos, determinándose la superficie, en ejecución de la sentencia primigenia, posteriormente confirmado la línea resolutiva en recurso de casación, dictado por la Sala Civil del Tribunal Supremo, ante tal situación, habiendo resuelto aspectos de fondo y forma solicito dictar resolución final de acción de amparo constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulneradas
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- “improcedente”
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Contra actos consentidos libre y expresamente,
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1.
- pues lo que realmente se pretendía era la determinación de los porcentajes del acervo hereditario de las acciones y derechos del bien inmueble en litis, cuyo porcentaje no se halla extraído de una invocación de ganancialidad, sino
- III.4.2
- CONFIRMAR