Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0171/2016-S2
Fecha: 29-Feb-2016
II.8.
II.8. Cursa en obrados, informe psicológico practicado a Sonia Ximena Corzo Martínez el 14 de octubre de 2015, por Zoila Espinoza Fernández, Psicóloga de la Niñez y Adolescencia del Gobierno Autónomo Municipal de Entre Ríos; en el cual relató que tuvo un aborto espontáneo el 17 de agosto de 2015 (fs. 13 a 14).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió en parte
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.11.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Excepción a la naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- de continuidad y estabilidad laboral
- inamovilidad
- Fragmento 17
- III.2.
- III.3. A
- 17 de agosto del referido año
- 21 de octubre de 2015
- 5 de septiembre de igual año
- concedido en parte