Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0185/2016-S1
Fecha: 17-Feb-2016
II.5.
II.5. Patricia Delfin Espinoza, ahora accionante, mediante memorial recepcionado el 17 de julio de 2015, advierte a Marco Antonio Vega Belaunde, Autoridad Sumariante, sobre la lesión de sus derechos y garantías constitucionales, solicitó se requiera la prueba antes requerida a Juan Alfredo Quispe Rodríguez, Fiscal Investigador Disciplinario de la Fiscalía General del Estado (fs. 17 a 18 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- “Artículo 60. (Competencia). Criterio general.
- III.4. Respecto al derecho al debido proceso y el derecho a la defensa
- III.3
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR