Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0252/2016-S3
Fecha: 19-Feb-2016
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El partido político accionante a través de su representante considera como lesionados sus derechos al debido proceso, en sus elementos de fundamentación, motivación, pertinencia y congruencia de las resoluciones, a la defensa, a la no condena sin haber sido oído y juzgado previamente, así como el desconocimiento de los principios a la seguridad jurídica y legalidad; citando al efecto los arts. 115.II, 117, 119.II, 178.I y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- Fragmento 6
- I.2.3. Intervención de la Procuraduría General del Estado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- 1)
- III.1. Jurisprudencia referida a la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- i) Por vulneración del derecho a una Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; ii) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad
- III.2.1. Consideraciones previas
- III.2.2. Resolución del caso
- 2º
- 3º