SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0252/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0252/2016-S3

Fecha: 19-Feb-2016

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

La parte accionante ratificó el contenido de su memorial de acción de amparo constitucional, y ampliándolo, señaló que el hecho de no haber sido notificados con el informe emitido por la Unidad Técnica de Fiscalización del Tribunal Supremo Electoral, así como de haber dado cumplimiento al art. 265 de la LRE, siendo el único “pecado” haberlos presentado al 31 de octubre de 2014, cuando la convocatoria solo requería al 30 de septiembre de ese año, tampoco se tomó en cuenta que tales estados no variaron entre octubre y septiembre de ese año.